Sorteo Aniversario 50

TÉRMINOS Y CONDICIONES SORTEO ANIVERSARIO 50

Vigencia de la promoción: Del 1 de octubre de 2026 al 31 de marzo de 2027.

Fecha del sorteo: Viernes 9 de abril de 2027, a las 16:00 horas.

Lugar del sorteo: Oficinas Corporativas de Caja Popular Juventino Rosas, ubicadas en Avenida Progreso número 902, Zona Centro, Santa Cruz de Juventino Rosas, Guanajuato, C.P. 38240.

El presente sorteo se sujetará a las siguientes:

BASES

PRIMERA. OBJETO DEL SORTEO

Caja Popular Juventino Rosas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. llevará a cabo el sorteo denominado “SORTEO ANIVERSARIO 50”, con motivo de la celebración de su 50 aniversario, mediante el cual se otorgarán diversos premios a los socios que cumplan con los requisitos, condiciones y mecánica establecidos en las presentes bases.

Los premios serán sorteados mediante la extracción aleatoria de los boletos depositados en las urnas correspondientes, de conformidad con la mecánica, distribución, fechas y condiciones señaladas en este documento.

La participación en el sorteo será gratuita y estará sujeta al cumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases.

 

SEGUNDA. VIGENCIA

La promoción tendrá una vigencia del 1 de octubre de 2026 al 31 de marzo de 2027.

Los boletos que se generen durante dicho periodo deberán ser depositados en las urnas habilitadas por la Cooperativa a más tardar el 1 de abril de 2027, conforme a lo establecido en las presentes bases.

 

TERCERA. PARTICIPANTES

Podrán participar en el sorteo las personas físicas que:

a) Sean socios de Caja Popular Juventino Rosas, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.

b) Sean mayores de edad.

c) Mantengan vigente y activo su certificado de aportación voluntaria a capital social por la cantidad de $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.).

d) Cumplan con los requisitos establecidos para la obtención de boletos.

e) Se encuentren al corriente en las obligaciones derivadas de sus créditos vigentes, cuando corresponda.

 

CUARTA. FORMA DE OBTENER BOLETOS

Durante la vigencia de la promoción, los socios podrán obtener boletos de participación considerando en primera instancia sus créditos activos al corriente o adelantados de su obligación de abonos de acuerdo a su plan de pagos y con las siguientes acciones:

  1. Apertura de cuenta como socio

Se otorgarán 5 (cinco) boletos al aperturar la cuenta como socio realizando la aportación social correspondiente a $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.).

  1. Pago puntual de crédito

Se otorgará 1 (un) boleto por cada pago puntual de cada crédito vigente.

Para efectos de esta promoción, se considerará pago puntual aquel realizado en la fecha establecida en el plan de pagos correspondiente o con anterioridad a esta durante los días previos a dicha fecha.

El beneficio aplicará exclusivamente a créditos que se encuentren al corriente

  1. Incremento en ahorro ordinario

Se otorgará 1 (un) boleto por cada $200.00 (doscientos pesos 00/100 M.N.) de incremento en la cuenta de ahorro ordinario.

Los depósitos deberán ser en una sola exhibición. 

El ahorro ordinario deberá mantenerse sin retiros durante la vigencia de la promoción.

No se considerarán como incremento para efectos de esta promoción los depósitos provenientes de traspasos de cuenta corriente, transferencias internas o movimientos realizados con la finalidad de generar boletaje sin representar un incremento real en el ahorro.

  1. Recomendación de nuevos socios

Se otorgarán 10 (diez) boletos por cada amigo o familiar recomendado que se incorpore como nuevo socio de Caja Popular Juventino Rosas.

Los boletos se generarán una vez que la persona recomendada haya cumplido con los requisitos de incorporación y cubierto el 100 % del certificado de aportación correspondiente.

  1. Apertura de Cuenta Infantil

Se otorgará 1 (un) boleto por la apertura de una Cuenta Infantil para hijos o hijas de socios, siempre que se realice un depósito inicial mínimo de $200.00 (doscientos pesos 00/100 M.N.).

El beneficio podrá aplicarse por cada menor registrado que cumpla con las condiciones establecidas por la Cooperativa.

Los menores titulares de Cuentas Infantiles no podrán participar directamente como concursantes ni resultar ganadores, al tratarse de menores de edad, el boleto es otorgado al tutor de la Cuenta Infantil.

  1. Contratación de Crédito Ordinario

Se otorgarán 50 (cincuenta) boletos por la contratación de un Crédito Ordinario por un monto mínimo de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), y a un plazo no menor a 6 meses, contratado durante la vigencia de la promoción.

En caso de renovación de un Crédito Ordinario, para tener derecho a los 50 (cincuenta) boletos, la nueva disposición deberá ser por un monto mínimo de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.).

  1. Límite diario de boletos

La entrega máxima de boletos por socio será de 100 (cien) boletos por día, independientemente del número de acciones que realice y que pudieran generar boletaje.

 

QUINTA. CONDICIONES PARA LA OBTENCIÓN Y VALIDEZ DE LOS BOLETOS

Para que los boletos sean válidos deberán cumplir con las siguientes condiciones:

a) Haber sido generados conforme a la mecánica establecida en las presentes bases.

b) Corresponder al socio que realizó la acción que generó el derecho al boletaje.

c) Encontrarse debidamente identificados y foliados.

d) Ser depositados en la urna correspondiente dentro del periodo establecido.

e) No presentar alteraciones, tachaduras, mutilaciones o modificaciones que impidan su identificación.

f) No haber sido obtenidos por medios distintos a los autorizados por la Cooperativa.

Los boletos son personales e intransferibles.

No se permitirá la transferencia, cesión, venta, intercambio o entrega de boletos entre socios.

 

SEXTA. IDENTIFICACIÓN Y DEPÓSITO DE LOS BOLETOS

Los boletos estarán integrados por un talón y un complemento, ambos identificados con el mismo folio.

Para participar, el talón deberá ser depositado en la urna de material acrílico transparente instalada en la sucursal correspondiente.

La fecha límite para depositar los talones será el 1 de abril de 2027.

El participante deberá proporcionar en el talón información veraz y completa, incluyendo:

  • Nombre.
  • Número de socio.
  • Sucursal.
  • Domicilio.
  • Ciudad.
  • Teléfono.

El talón deberá ser llenado exclusivamente con los datos del socio participante.

Si el talón contiene los datos de otra persona, familiar, conocido o tercero, podrá ser considerado inválido y quedar fuera del sorteo.

 

SÉPTIMA. BOLETOS NO ACUMULABLES CON OTRAS PROMOCIONES

Los beneficios de generación de boletos establecidos en las presentes bases no serán acumulables ni combinables con otras promociones, salvo que la Cooperativa determine expresamente lo contrario.

 

OCTAVA. RESTRICCIONES

No podrán participar:

a) Los empleados de Caja Popular Juventino Rosas.

b) Los integrantes de los Consejos de Administración y Vigilancia.

c) Los menores de edad.

d) Las personas que no mantengan vigente su calidad de socio al momento de la verificación del ganador.

e) Las personas que no cumplan con las obligaciones derivadas de sus créditos vigentes.

 

NOVENA. PÉRDIDA DEL DERECHO A PARTICIPAR O A RECIBIR EL PREMIO

El boleto será invalidado y, en consecuencia, el participante perderá el derecho a recibir el premio cuando, al momento de resultar seleccionado:

a) Haya retirado o cancelado el certificado de aportación que resulte necesario para conservar su calidad de socio.

b) Mantenga créditos con pagos vencidos o se encuentre en situación de morosidad.

c) No cumpla con cualquiera de las condiciones establecidas en estas bases.

d) El boleto haya sido alterado, duplicado, falsificado o contenga información que no corresponda al participante.

e) Se determine que el boleto fue obtenido en contravención a las presentes bases.

En cualquiera de estos supuestos, se procederá a realizar una nueva extracción para seleccionar a otro participante.

 

DÉCIMA. ZONA GEOGRÁFICA

La promoción tendrá cobertura en los municipios donde la Cooperativa determine su participación, correspondientes a los siguientes estados y municipios:

Estado de Guanajuato

  • Santa Cruz de Juventino Rosas.
  • Salamanca.
  • Celaya.
  • Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional.
  • San Felipe.
  • San Diego de la Unión.
  • Ocampo.

Estado de Querétaro

  • Santiago de Querétaro.

Estado de San Luis Potosí

  • Santa María del Río.

Para efectos de la promoción de la vivienda, únicamente podrán seleccionarse inmuebles ubicados dentro de los municipios expresamente señalados en las presentes bases.

 

DÉCIMA PRIMERA. LUGARES PARA OBTENER BOLETOS

Los boletos podrán obtenerse en las sucursales de Caja Popular Juventino Rosas.

 

DÉCIMA SEGUNDA. REALIZACIÓN DEL SORTEO

El sorteo se llevará a cabo el viernes 9 de abril de 2027, a las 16:00 horas, en las oficinas Corporativas de Caja Popular Juventino Rosas, ubicadas en Avenida Progreso número 902, Zona Centro, Santa Cruz de Juventino Rosas, Guanajuato, C.P. 38240.

El evento será de acceso libre y gratuito al público en general, sujeto a las condiciones de seguridad y capacidad del lugar.

 

DÉCIMA TERCERA. MECÁNICA DEL SORTEO

Los premios serán sorteados mediante extracción aleatoria de los boletos participantes.

La selección se realizará de menor a mayor valor unitario de los premios, iniciando con los premios correspondientes a sucursales y posteriormente con los premios correspondientes a zonas y premiación general, conforme a la distribución autorizada.

En cada extracción se verificará la validez del boleto seleccionado y el cumplimiento de las condiciones de participación.

Cuando el boleto seleccionado no cumpla con las presentes bases, se procederá a una nueva extracción hasta obtener un participante que cumpla con los requisitos.

 

DÉCIMA CUARTA. PREMIOS

Los premios objeto del sorteo serán los siguientes:

  1. Una casa habitación, con un valor máximo de $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.).
  2. Dos vehículos automotores Renault Boreal 2026.
  3. Dos viajes, con un valor máximo de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) cada uno, o su equivalente mediante tarjeta de regalo, conforme a las condiciones que determine la Cooperativa.
  4. Tres bonos en efectivo, por $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.) cada uno.
  5. Seis kits de línea blanca, integrados por una lavadora, un refrigerador y una estufa.
  6. Doce motocicletas Bajaj.
  7. Doce kits tecnológicos, integrados por una computadora portátil (laptop), un teléfono celular y una mochila para laptop.
  8. Doce pantallas, de 65 pulgadas.

 

DÉCIMA QUINTA. DISTRIBUCIÓN  DE PREMIOS

La asignación de los premios se realizará de conformidad con la mecánica, condiciones de participación y procedimiento de selección de ganadores establecidos en las presentes bases.

 

PREMIACIÓN POR SUCURSAL

Se asignarán los siguientes premios por sucursal:

Sucursal

Premios por sucursal

Dolores

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas 

Santa María

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas

Ocampo

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas

San Felipe

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas

San Diego

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas

Reforma

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas

Hidalgo

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas

Morelos

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas

Laureles

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas

Boulevard

Motocicleta Bajaj
Kit tecnológico
Pantalla 65 pulgadas

Corregidora

2 Motocicletas Bajaj
2 Kits tecnológicos
2 Pantallas 65 pulgadas

Para efectos de la mecánica y determinación de los premios correspondientes a cada participante, las sucursales de la Cooperativa se dividirán en las siguientes zonas:

 

ZONA NORTE

Participarán los boletos correspondientes a las siguientes sucursales:

  • San Diego.
  • San Felipe.
  • Ocampo.
  • Santa María.
  • Dolores Hidalgo.

Los premios correspondientes a esta zona serán:

  • Un vehículo automotor Renault Boreal, modelo 2026.
  • Un viaje, con un valor máximo de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), o su equivalente mediante tarjeta de regalo, conforme a las condiciones que determine la Cooperativa.
  • Dos kits de línea blanca, cada uno integrado por una lavadora, un refrigerador y una estufa.

 

ZONA SUR

Participarán los boletos correspondientes a las siguientes sucursales:

  • Corregidora.
  • Boulevard.
  • Morelos.
  • Hidalgo.
  • Laureles.
  • Reforma.

Los premios correspondientes a esta zona serán:

  • Un vehículo automotor Renault Boreal, modelo 2026.
  • Un viaje, con un valor máximo de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), o su equivalente mediante tarjeta de regalo, conforme a las condiciones que determine la Cooperativa.
  • Cuatro kits de línea blanca, cada uno integrado por una lavadora, un refrigerador y una estufa.

 

PREMIACIÓN GENERAL

Los premios de carácter general serán sorteados entre todos los participantes de las diferentes sucursales y serán los siguientes:

  • Una casa habitación, con un valor máximo de $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.).
  • Tres bonos en efectivo, por un monto de $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.) cada uno.

 

DÉCIMA SEXTA. PREMIO CONSISTENTE EN CASA HABITACIÓN

El premio correspondiente a la casa habitación consistirá exclusivamente en el pago destinado a la adquisición de una vivienda seleccionada por el socio ganador, hasta por un monto máximo de $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.).

El premio no constituye la entrega de $2,000,000.00 en efectivo al ganador.

La vivienda deberá:

a) Encontrarse ubicada en alguno de los municipios autorizados.

b) Cumplir con los requisitos legales necesarios para su adquisición y transmisión de propiedad.

c) Encontrarse jurídicamente apta para formalizar la operación.

d) No presentar impedimentos legales, registrales o documentales que imposibiliten su adquisición.

e) Contar con la documentación necesaria para su escrituración y transmisión de propiedad.

f) Encontrarse dentro del monto máximo del premio o, en su caso, permitir que el ganador cubra con recursos propios la diferencia.

 

DÉCIMA SÉPTIMA. ELECCIÓN DE LA VIVIENDA

El socio ganador tendrá derecho a seleccionar la vivienda que desee, siempre que ésta cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases.

La elección, inspección, evaluación y aceptación de las características físicas, ubicación, condiciones y calidad de la vivienda corresponderán al socio ganador.

La Cooperativa podrá requerir la documentación necesaria para verificar que el inmueble seleccionado sea jurídica y documentalmente apto para formalizar la operación.

En caso de que el inmueble seleccionado no cumpla con los requisitos legales, registrales, fiscales o documentales necesarios, el ganador deberá seleccionar otro inmueble que sí cumpla con las condiciones establecidas.

 

DÉCIMA OCTAVA. VIVIENDA CON VALOR SUPERIOR AL PREMIO

Si la vivienda seleccionada tiene un valor superior a $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.), el socio ganador deberá cubrir con sus propios recursos la diferencia entre el valor total de la vivienda y el monto máximo del premio.

La Cooperativa únicamente cubrirá, como parte del premio, hasta la cantidad máxima de $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.).

 

DÉCIMA NOVENA. VIVIENDA CON VALOR INFERIOR AL PREMIO

Si la vivienda seleccionada tiene un valor inferior a $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.), la Cooperativa únicamente cubrirá el valor de adquisición de la vivienda, sin que el ganador tenga derecho a recibir el remanente en efectivo, transferencia, bonificación, compensación, bienes adicionales o cualquier otra modalidad.

El monto de $2,000,000.00 constituye un límite máximo del valor del premio y no una cantidad de dinero entregable al ganador.

 

VIGÉSIMA. GASTOS, IMPUESTOS Y COSTOS DE ADQUISICIÓN DE LA VIVIENDA

Todos los gastos, impuestos, derechos, honorarios y costos derivados de la adquisición, transmisión, escrituración, inscripción y formalización de la vivienda serán responsabilidad exclusiva del socio ganador.

De manera enunciativa y no limitativa, serán a cargo del ganador:

  • Honorarios notariales.
  • Impuestos.
  • Derechos.
  • Gastos de escrituración.
  • Inscripción ante el Registro Público de la Propiedad.
  • Avalúos.
  • Certificados.
  • Gastos administrativos.
  • Traslados.
  • Viáticos.
  • Gastos derivados de la formalización.
  • Cualquier otro gasto o contribución relacionado con la adquisición y transmisión de la propiedad.

La Cooperativa únicamente cubrirá el monto correspondiente al premio, hasta el límite máximo establecido.

 

VIGÉSIMA PRIMERA. CALIDAD Y CONDICIONES DE LA VIVIENDA

La Cooperativa no será responsable por la calidad de los materiales, acabados, proceso constructivo, antigüedad, estado físico, vicios ocultos, defectos estructurales o cualquier otra condición física o material de la vivienda seleccionada por el ganador.

La elección del inmueble será responsabilidad del socio ganador.

Cualquier reclamación relacionada con la calidad, estado, construcción, funcionamiento, acabados, vicios ocultos o condiciones de la vivienda deberá realizarse directamente frente al vendedor, desarrollador, constructor o tercero responsable, según corresponda.

 

VIGÉSIMA SEGUNDA. TERCEROS QUE INTERVENGAN EN LA ADQUISICIÓN

La Cooperativa no será responsable por incumplimientos, retrasos, cancelaciones o controversias atribuibles al vendedor, desarrollador, constructor, notario público, valuador, autoridades registrales o cualquier tercero que intervenga en el proceso de adquisición y formalización de la vivienda.

Asimismo, la Cooperativa no responderá por retrasos derivados de trámites administrativos, notariales, registrales, fiscales o de cualquier otra autoridad o tercero.

 

VIGÉSIMA TERCERA. PREMIOS VEHICULARES Y MOTOCICLETAS

Los premios consistentes en vehículos y motocicletas no incluyen:

  • Placas.
  • Tenencia o impuestos relacionados con la propiedad o circulación.
  • Derechos de control vehicular.
  • Seguro.
  • Accesorios adicionales.
  • Servicios.
  • Productos complementarios.
  • Gastos de traslado.
  • Gastos de registro.
  • Cualquier otro gasto necesario para la circulación o uso del vehículo o motocicleta.

Los premios se entregarán con las condiciones, características, marca, modelo y equipamiento establecidos en la documentación correspondiente.

La garantía del vehículo o motocicleta será, en su caso, la otorgada directamente por el fabricante o proveedor, conforme a sus términos y condiciones.

La Cooperativa no otorgará garantías adicionales distintas de aquellas expresamente establecidas por el fabricante o proveedor.

 

VIGÉSIMA CUARTA. VIAJES

Los premios correspondientes a viajes tendrán un valor máximo de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) cada uno, o podrán ser sustituidos por una tarjeta de regalo por equivalente valor, conforme a las condiciones que determine la Cooperativa.

Las condiciones de uso, vigencia, restricciones, destinos, fechas y demás características estarán sujetas a las políticas del proveedor del viaje o de la tarjeta correspondiente.

Los gastos adicionales que excedan el valor del premio serán responsabilidad del ganador.

 

VIGÉSIMA QUINTA. GASTOS DE TRASLADO PARA LA ENTREGA DE PREMIOS

Si el ganador requiere trasladarse desde su ciudad de residencia hasta el lugar establecido para la entrega del premio, todos los gastos de traslado, hospedaje, alimentación y cualquier otro gasto relacionado serán por cuenta exclusiva del ganador.

 

VIGÉSIMA SEXTA. DOBLE SELECCIÓN DE UN MISMO GANADOR

Si un mismo socio resulta seleccionado en más de una ocasión durante el sorteo, se le asignará únicamente el premio de mayor valor.

El premio de menor valor que hubiera correspondido a dicho socio se declarará disponible y se realizará una nueva extracción para seleccionar a otro ganador.

 

VIGÉSIMA SÉPTIMA. VERIFICACIÓN DE GANADORES

En cada selección se verificará que el boleto sea válido y que el socio seleccionado cumpla con las condiciones de participación.

La verificación podrá comprender, entre otros aspectos:

a) Identidad del participante.

b) Vigencia de su calidad de socio.

c) Vigencia y estado del certificado de aportación correspondiente.

d) Situación de sus créditos.

e) Cumplimiento de las condiciones de generación del boleto.

f) Correspondencia entre el boleto y los datos registrados por la Cooperativa.

Si el participante no cumple con cualquiera de los requisitos establecidos, se procederá a realizar una nueva extracción.

 

VIGÉSIMA OCTAVA. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

Los resultados del sorteo serán publicados a partir del 19 de abril de 2027 en:

  • La página oficial de internet de Caja Popular Juventino Rosas.
  • Las redes sociales oficiales de la Cooperativa.
  • Las sucursales participantes.

La publicación de los resultados se realizará conforme a las disposiciones aplicables en materia de protección de datos personales.

 

VIGÉSIMA NOVENA. ENTREGA DE PREMIOS

La entrega de los premios se realizará conforme a lo establecido en las presentes bases y en el permiso correspondiente.

El ganador deberá presentar la documentación e información que le sea requerida por la Cooperativa para acreditar su identidad, personalidad, calidad de socio y derecho al premio.

La documentación podrá incluir identificación oficial vigente y aquella que resulte necesaria de acuerdo con la naturaleza del premio.

La entrega del premio estará condicionada a la validación del cumplimiento de las presentes bases.

 

TRIGÉSIMA. ACEPTACIÓN DEL PREMIO

La participación en el sorteo implica la aceptación total, expresa e incondicional de las presentes bases.

El ganador deberá firmar la documentación que determine la Cooperativa para acreditar la aceptación del premio y el conocimiento de sus términos y condiciones.

 

TRIGÉSIMA PRIMERA. CASOS NO PREVISTOS

Cualquier situación no prevista expresamente en las presentes bases será resuelta por Caja Popular Juventino Rosas.

 

TRIGÉSIMA SEGUNDA. INFORMACIÓN Y ACLARACIONES

Para cualquier aclaración, información o consulta relacionada con el sorteo, sus bases o los resultados, los interesados podrán comunicarse a:

Teléfonos: 412 157 25 92, extensiones 12, 13 y 14.

Asimismo, podrán consultar los medios oficiales de comunicación de Caja Popular Juventino Rosas.

 

TRIGÉSIMA TERCERA. DOMICILIO Y MEDIOS OFICIALES

Para efectos de información, publicación de resultados y comunicaciones relacionadas con el sorteo, se tendrán como medios oficiales aquellos administrados directamente por Caja Popular Juventino Rosas.

La página oficial de la Cooperativa es: www.cpjrosas.com.mx

Las redes sociales oficiales serán aquellas identificadas y administradas directamente por la Cooperativa.